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ANEXO 3


                   3.  Que a lo largo de todo el proceso de escrutinio de los votos, la Junta
                      Nacional de Escrutinios sistemática y permanentemente impidió el acceso

                      del público al recinto de sesiones y de todos los medios de comunicación
                      social, admitiendo únicamente a funcionarios y asesores del Gobierno
                      Nacional y de las Fuerzas de Defensa.

                   4.  Que haciendo caso omiso de lo dispuesto en las leyes electorales vigentes, y

                      sobre la tesis de que la Junta Nacional de Escrutinios únicamente debía leer,
                      aprobar y sumar los resultados de los votos contenidos en las actas de las
                      Juntas de Circuitos Electorales, siempre se negó la verificación de los
                      resultados de las actas recibidas comparándolas con las actas de las mesas de
                      votación que reposaban en la planta baja de las instalaciones de Atlapa.

                   5.  Que a los representantes de los partidos de ADOC se les impidió el acceso al

                      área en que se recibían las actas de las mesas de votación.

                   6.  Que a los representantes de los partidos de ADOC sólo se les permitió ver las
                      actas de las Juntas de Circuitos Electorales mientras eran leídas.


                   7.  Que a los representantes de los partidos de ADOC no se les informaba de las
                      actas de las Juntas de Circuitos Electorales a medida que iban llegando y
                      que, de hecho, se les ocultaba su llegada, habiendo podido constatar por
                      ejemplo, que el acta del Circuito 8.2 llegó a la Junta Nacional de Escrutinios
                      desde el día 8 de mayo y que no fue sino hasta el día 10 de mayo que se
                      incluyó la misma entre las actas que serían escrutadas, ignorando los

                      representantes de ADOC el destino de dicha acta entre la fecha de su llegada
                      y la fecha en que iba a ser “leída”, lo que finalmente no se hizo por haberse
                      anulado las elecciones.

                   8.  Que la Junta Nacional de Escrutinios rechazó la aprobación del Acta del

                      Circuito Electoral 1.1, que favorecía a la ADOC, sobre la base de que entre
                      sus observaciones había recíprocas acusaciones de irregularidades,
                      negándose a confrontar su contenido con las actas de mesa.
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