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E. LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y LA
AUTODETERMINACIÓN DEL PUEBLO PANAMEÑO
Ha sido tan notorio el atropello electoral y postelectoral que ha
sufrido el pueblo panameño a manos de la dictadura militar que desde hace
años lo oprime, que la Organización de Estados Americanos no ha querido
permitir que tal enormidad pase inadvertida y, en consecuencia, por
conducto de los Cancilleres de los Estados que la integran, se aboca al
conocimiento del caso panameño.
En un vano intento de evitar que el problema de Panamá trascienda
el ámbito internacional, el Ministro de Relaciones Exteriores de Panamá
expresó, en declaraciones hechas el 13 de mayo, que la Organización de
Estados Americanos no debe discutir “los asuntos internos de una elección
presidencial”. El señor Ministro de Relaciones Exteriores de Panamá
ignora o aparenta ignorar, que lo que la Organización de Estados
Americanos tiene en sus manos no es tan solo una elección presidencial en
Panamá, como se pretende hacer creer, sino algo de mucha mayor
importancia y relevancia. Lo que la Organización de Estados Americanos
tiene que decidir en estos momentos es si en un país de nuestro continente,
ante la mirada indiferente de todos los miembros de la Comunidad
Internacional, un grupo de militares y civiles, sin Dios ni ley, puede
tomarse y ejercer el poder público por la fuerza de las armas en violación
de normas constitucionales y legales de elemental conocimiento y
mantenerse con el, aún en contra de la voluntad abrumadoramente
mayoritario del pueblo y, claramente expresada en las urnas, haciendo uso
para ello de la represión y de la violencia. El Señor Ministro de Relaciones
Exteriores de Panamá, así mismo ignora o aparenta ignorar que lo que la
Organización de Estados Americanos debe determinar es si el deber que
tienen los Estados de tratar a las personas sujetas a su jurisdicción con el
respeto debido a los derechos del hombre y a sus libertades fundamentales
es simple letra muerta en Panamá o si los panameños tenemos también
derecho a que se nos respeten los derechos y libertades que la ley
internacional reconoce a todo ser humano por su condición de tal.
Para limitarnos a una sola de las muchas convenciones existentes
sobre la materia, el 22 de noviembre de 1969 se firmó en San José de
Costa Rica, la Convención Americana sobre Derechos Humanos con el
“propósito de consolidar en este continente dentro del cuadro de las
instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia
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